viernes, 30 de enero de 2015

La ley de peligrosidad social

Citan a jóvenes residentes del municipio capitalino  La Habana Vieja  para la estación de policía de la calle Dragones.
Las autoridades quieren  conocer   el por qué no trabajan o estudian, y tambien analizar su comportamiento en la sociedad, según  información previa  que ya tienen de los citados.
De no tener respuestas claras, estos muchachos pudieran ser procesados por el delito de peligrosidad predelictiva, la cual lleva   una sanción entre  dos y  cuatro años de privación de libertad.
Carlos Manuel Figueroa Álvarez, presidente del movimiento “La Antorcha Martiana”, denuncia  que  los calabozos de la citada unidad están llenos de muchachos de toda la capital que  van a  ser llevados hacia  los correccionales.
 “La mayoría no pasa de los veinticinco  años, muchos provienen de familias disfuncionales o desafectas al proceso revolucionario”. Dice Figueroa Álvarez.
La Ley de Peligrosidad Social Predelictiva del Código Penal (artículos 72 al 75)   presupone la culpabilidad del ciudadano sin haber cometido delito.
Para su aplicación se cuenta con los llamados factores del lugar de residencia entre ellos, los militantes del Partido Comunista, Unión de Jóvenes comunistas, Comité de Defensa de la Revolución y el  jefe de sector policial. Estas personas  son las  encargadas  de confeccionar el  expediente  de peligrosidad social  y presentarlo en  los tribunales.

 Por Mario Hechavarria Driggs, periodista independiente




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